(2012-08-28).- El Ayuntamiento de Valverde del Majano ha actualizado la ordenanza fiscal por ocupación de las vías públicas según diferentes conceptos, y tal como recoge el Boletín Oficial de la Provincia, según acuerdo del pleno municipal.
La ordenanza de la tasa referenciada, aprobada por e pleno del ayuntamiento en fecha 29 de septiembre de 1998, con la modificación acordada por el pleno el día 31 de octubre de 2000 y 29 de marzo de 2004, se modifica en los siguientes términos:
De este modo, las tarifas por la ocupación de palomillas supone por cada unidad, el pago de 7,50 euros; los transformadores, por cada m2 o fracción, al año, 15,00 euros. Las caja de amarre, distribución o registro, pagarán al año 7,50 euros. Los postes, farolas, columnas u otros semejantes, deben abonar 15,00 euros. Los cables de alimentación de energía eléctrica o telefónica, tuberías de agua o gas y conducciones de cualquier clase, aéreas, adosadas o no a la fachada, o subterráneas, tienen un tasa por cada metro lineal o fracción, al año de 1,50 euros.
Las básculas, cabinas fotográficas, aparatos o máquinas de venta de expedición automática de cualquier producto o servicio, incluso surtidores de combustibles y análogos, por cada m2 o fracción, al año, 15,00 euros.
Las barracas, casetas de venta de chucherías, juguetes, tiramonos etc., espectáculos o atracciones e instalaciones similares, con finalidad lucrativa, en periodos festivos y por cada festividad, tienen las siguientes tasas:
. Puestos e instalaciones de hasta 15 m2 ..........................................................60,00.-
. Puestos e instalaciones de hasta 50 m2 ..........................................................112,00.-
. Instalaciones de más de 50 m2........................................................................375,00.-
. Instalación de bares o chiringuitos ..................................................................600,00.-
Las industrias callejeras y ambulantes, y puestos del mercado semanal, por cada puesto, vehículo o similar, al día 3,30 euros, o al trimestre, 40,00 euros.
Las ocupaciones con mesas, veladores, sillas, o mostradores supletorios de las cafeterías, bares o restaurantes, por cada m2, al año deben pagar 15,00 euros.
Las ocupaciones con quioscos y otras instalaciones fijas, desmontables o no, al año deben pagar 375,00 euros.
Las
Ocupaciones de la vía publica para la realización de prácticas de cursos de extinción de incendios y similares, por cada curso (no superior a 7 días), tienen que pagar 75,00 euros.
Los contenedores para el depósito de materiales de obra o similares, así como la instalación de maquinaria, casetas de obra o similares (durante 1 año) por elemento deben pagar 75,00 euros.