(2012-10-17).- Las prestaciones económicas para el personal al servicio municipal que se encuentren en situación de incapacidad temporal fueron sometidas a pleno el pasado mes de septiembre. Sin embargo el asunto se dejó sobre la mesa para un pleno posterior.
El asunto se trató porque el Real Decreto-Ley estatal 20/2012, de 13 de julio, habilita a cada Administración Pública para complementar las prestaciones económicas a percibir por sus empleados públicos en situación de incapacidad temporal de acuerdo con unos límites fijados en el texto legal en función de la duración de la misma. En este mismo Real Decreto-Ley, la Administración del Estado establece el nuevo sistema de retribución para sus empleados públicos de baja y, en consonancia con el mismo.
Desde la Alcaldía se propuso un sistema para beneficiar a los trabajadores en esta materia, entendiendo que la propuesta hecha era la mejor opción posible, pero que en cualquier caso, ante el desconocimiento de la norma por parte del Grupo PSOE, con el fin de que puedan conocerla y estudiarla en profundidad, no tenía inconveniente alguno en retirar el asunto del orden del día, convocando una nueva sesión, eso sí, sin percepción de dietas.