El Ayuntamiento recuerda las obligaciones de los propietarios de perros peligrosos

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17 Oct 2019

Con el objetivo de mantener una excelente convivencia vecinal y, al propio tiempo, evitar problemas en nuestra localidad, desde el Ayuntamiento de Valverde se quiere recordar a todos los propietarios de animales potencialmente peligrosos las normas que han de cumplir, de acuerdo a lo establecido en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y de su Reglamento, regulado por Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.

En este sentido el Ayuntamiento recuerda las obligaciones para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos:

Los propietarios, criadores o tenedores de animales potencialmente peligrosos tendrán la obligación de identificar a los animales con un microchip.

El titular de la Licencia tiene la obligación de solicitar la inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos dentro de los quince días siguientes a la fecha en que haya obtenido la correspondiente Licencia.

La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la Licencia administrativa, y la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

Los perros potencialmente peligrosos deberán llevar obligatoriamente un bozal apropiado para la tipología racial de cada animal, en lugares y espacios públicos. Deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros.

No podrá llevarse más de uno de estos perros por persona.

Si el animal se encuentra en una finca, casa de campo, chalé, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar determinado, deberán estar atados, a no ser que disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.

La sustracción o pérdida del animal deberá ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, en el plazo de 48 horas desde que tenga conocimiento de esos hechos.

La venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal deberá comunicarse al Registro Municipal.

Por el traslado de un animal potencialmente peligroso de una Comunidad Autónoma a otra, si es por un período superior a tres meses o de manera permanente, deberá efectuar las inscripciones oportunas en los Registros Municipales.

En las hojas registrales de cada animal se hará constar igualmente el certificado de sanidad animal, expedido por la Autoridad competente, que acredite, anualmente, la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.

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