La Junta de Castilla y León ha acordado la aplicación inmediata de medidas especiales en el interior de los establecimientos y locales de ocio nocturno y las peñas de toda la Comunidad, ante el notable incremento de casos de la COVID-19 registrado en las últimas semanas.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno establece que se aplicarán a los establecimientos de ocio nocturno y a las peñas las siguientes medidas:
Las discotecas y salas de fiesta no podrán superar en el interior 1/3 del aforo.
No se permite el uso de las pistas de baile.
El resto de los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento no podrán superar el 75 % del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes, y del 50 % en las salas de más de 40 clientes. Dentro del local, en los establecimientos señalados en el apartado anterior, no se podrá efectuar consumo en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
Se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 02:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas.
Las peñas y locales similares permanecerán cerrados.
La Junta de Castilla y León recuerda a todos los ciudadanos que deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas adoptadas en el Acuerdo, y que, en todo caso, los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa. La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales. Asimismo, se recaba la colaboración de la Delegación del Gobierno y de los Ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas, y se recomienda a las autoridades competentes no autorizar la celebración de eventos multitudinarios dada la actual situación epidemiológica.
Se adjunta en archivos las normas en el BOCYL y una guía práctica de actividades en los pueblos.